El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el pasado 5 de octubre, declaró abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio. Industria, Servicios y Navegación de España.

La Conselleria competente próximamente convocará las elecciones en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Esto supone que en los próximos meses la Cámara de Comercio de Castellón celebrará elecciones para la renovación de sus órganos de gobierno.

El proceso completo es el que recogemos de forma resumida a continuación. A medida que los trámites se vayan sucediendo iremos implementando la información sobre cada uno de ellos:

  1. Normativa y Apertura del proceso electoral
  2. Exposición del Censo
  3. Convocatoria de elecciones
  4. Candidaturas
  5. Votación
  6. Resultados
  7. Proclamaciones
  8. Fin del proceso electoral

Se elige los nuevos órganos de gobierno de la Cámara: El Pleno, Comité Ejecutivo y Presidente.

Para el Pleno se elegirán 40 vocales elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre todos los electores y electoras, según la clasificación por grupos y subgrupos aprobada atendiendo a la importancia económica relativa de los sectores.

Finalmente, se elige Presidente y demás miembros del Comité Ejecutivo.

Para ser elegible como miembro del Pleno se habrán de reunir los siguientes requisitos:

  • Formar parte del censo de la Cámara.
  • Ser elector o electora del grupo correspondiente.
  • Ser mayor de edad, si se trata de persona física.
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
  • Llevar, como mínimo, dos años de ejercicio en la actividad empresarial en el territorio español, o en el ámbito de la Unión Europea cuando se trate de empresas procedentes de otros países miembros. Esta circunstancia se acreditará mediante el alta del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente o, en su caso, acreditación equivalente para el ejercicio de la actividad en el supuesto de otros países de la U.E.
  • No ser empleado de la Cámara ni estar participando en obras o concursos que aquélla haya convocado, en el momento de presentarse la candidatura o de celebrarse elecciones.
  • No estar inhabilitado para empleo o cargo público.

Las personas extranjeras de países no pertenecientes a la UE con establecimiento o sucursales en España pueden ser elegidas si cumplen los requisitos anteriores, atendiendo al principio de reciprocidad internacional.

Son electores y electoras de la Cámara de Comercio de Castellón todas las personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan las actividades comerciales, industriales, de servicios y navieras en la provincia de Castellón y cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias en esta circunscripción.

– Como se vota

A la hora de realizar la votación habrá que tener en cuenta:

  • Las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades correspondientes a varios grupos del censo, tienen derecho a sufragio activo en cada uno de los mismos.
  • En aquellos grupos que estén divididos en distintos subgrupos, el elector podrá emitir tantos votos como subgrupos tenga el grupo.
  • Cuando una empresa esté incluida en el grupo 10 «Exportación», deberá elegir entre votar en este grupo o en el resto grupos que corresponda, ya que resultan incompatibles por duplicidades de IAEs
  • Cuando el número de candidatos o candidatas proclamados por un grupo o subgrupo resulte igual al de miembros a elegir, su proclamación equivaldrá a la elección y ésta no se efectuará.

El derecho de voto se puede ejercer de dos formas:

  • VOTO ELECTRÓNICO: La votación por medios electrónicos será previa a la presencial, pudiendo iniciarse con un máximo de 15 días naturales de antelación y finalizando con una antelación mínima de 3 días naturales con respecto al día establecido para la votación presencial. Cámara Castellón habilitará un espacio bien identificado y de fácil acceso en su portal web, para poder acceder a la plataforma de voto electrónico. El voto electrónico se ejercerá mediante certificado digital de empresa. se incluyen los certificados reconocidos por las Cámaras: Camerfirma, FNMTy ACCV.
  • VOTO PRESENCIAL: Las elecciones se celebran en un solo día.

La persona electora que haya ejercido el voto electrónico no podrá votar posteriormente de forma presencial.

– Cuando se vota

  • VOTO ELECTRÓNICO: La votación por medios electrónicos será previa a la presencial, pudiendo iniciarse con un máximo de 15 días naturales de antelación y finalizando con una antelación mínima de 3 días naturales con respecto al día establecido para la votación presencial. Cámara Castellón habilitará un espacio bien identificado y de fácil acceso en su portal web, para poder acceder a la plataforma de voto electrónico. El voto electrónico se ejercerá mediante certificado digital de empresa. se incluyen los certificados reconocidos por las Cámaras: Camerfirma, FNMTy ACCV.
    Plazo: Del 20 de abril de 2022, a las 8:00 horas, al 1 de mayo de 2022, a las 23:59 horas.
    Lugar: Se publicará dirección web para voto electrónico.
  • VOTO PRESENCIAL: Las elecciones se celebran en un solo día.
    Fecha: 5 de mayo de 2022
    Lugar: Sede Central de la Cámara de Castellón Avda. Hermanos Bou 79
    Horario: De 9:00 a las 19:00 horas ininterrumpidamente.

​A fin de poder cubrir las dos vacantes existentes en las vocalías de aportaciones voluntarias, la Dirección General de Comercio ha resuelto, a propuesta de esta Cámara de Comercio de Castellón, autorizar un plazo para la realización de aportaciones a los citados efectos de formar parte del Pleno de esta, dentro del proceso electoral abierto para el período 2022-2026, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Aprovar l’obertura d’un període d’aportacions voluntàries a l’efecte de la composició del grup de vocals regulat per l’article 7.2, apartat b.2) de la Llei 3/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Cambres Oficials de Comerç, Indústria, Serveis i Navegació de la Comunitat Valenciana, i l’article 20.1.c) del Decret 126/2017, de, de 29 de setembre, pel qual s’aprova el Reglament de les Cambres Oficials de Comerç, Indústria, Serveis i Navegació de la Comunitat Valenciana i del seu Consell, fins el dia 20 d’abril de 2022.»

Lo que se hace público a los efectos de que las empresas interesadas en concurrir, puedan, mediante la presentación de la declaración adjunta, realizar la correspondiente aportación, cuyo importe recomendado por acuerdo del Pleno de 23 de noviembre de 2017, es de 2.500€.

El ingreso, para el presente ejercicio de 2022, deberá realizarse en la cuenta ES39 2100 8929 9413 0076 1624 y deberá presentarse la justificación del ingreso junto a la declaración citada en el siguiente email: elecciones@camaracastellon.com

1. Normativa

Consulta la normativa legal que rige el proceso electoral de las Cámaras.

2. Exposición del Censo

Consulta el censo electoral, presenta tus reclamaciones…
( PROCESO FINALIZADO )

3.  Convocatoria

Consulta la convocatoria de las elecciones: la Junta Electoral, las Mesas, el Sorteo, los Interventores.

4. Candidaturas

Consulta las bases para presentar una candidatura, la relación de candidaturas presentadas, los candidatos.

Si desea obtener el censo del Grupo Electoral por tener intención de presentar su candidatura, deberá descargar y cumplimentar el documento y enviarlo a la Secretaría General de la Cámara:

1 – Descargar Declaración responsable Censo Grupos Electorales (pdf)
2 – Enviar a elecciones@camaracastellon.com

La candidatura y avales sólo se podrán presentar con los modelos normalizados que acompañen a la convocatoria como Anexos y en los plazos habilitados en la misma. Modelos que serán facilitados también por la Cámara.