El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, el pasado 4 de diciembre, declaró abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio. Industria, Servicios y Navegación de España.

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El proceso completo es el que recogemos de forma resumida a continuación. A medida que los trámites se vayan sucediendo iremos implementando la información sobre cada uno de ellos:

  1. Normativa y Apertura del proceso electoral
  2. Exposición del Censo
  3. Convocatoria de elecciones
  4. Candidaturas
  5. Votación
  6. Resultados
  7. Proclamaciones
  8. Fin del proceso electoral

Se elige los nuevos órganos de gobierno de la Cámara: El Pleno, Comité Ejecutivo y Presidente.

Para el Pleno se elegirán 40 vocales elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre todos los electores y electoras, según la clasificación por grupos y subgrupos aprobada atendiendo a la importancia económica relativa de los sectores.

Finalmente, se elige Presidente y demás miembros del Comité Ejecutivo.

Para ser elegible como miembro del Pleno se habrán de reunir los siguientes requisitos:

  • Formar parte del censo de la Cámara.
  • Ser elector o electora del grupo correspondiente.
  • Ser mayor de edad, si se trata de persona física.
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
  • Llevar, como mínimo, dos años de ejercicio en la actividad empresarial en el territorio español, o en el ámbito de la Unión Europea cuando se trate de empresas procedentes de otros países miembros. Esta circunstancia se acreditará mediante el alta del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente o, en su caso, acreditación equivalente para el ejercicio de la actividad en el supuesto de otros países de la U.E.
  • No ser empleado de la Cámara ni estar participando en obras o concursos que aquélla haya convocado, en el momento de presentarse la candidatura o de celebrarse elecciones.
  • No estar inhabilitado para empleo o cargo público.

Las personas extranjeras de países no pertenecientes a la UE con establecimiento o sucursales en España pueden ser elegidas si cumplen los requisitos anteriores, atendiendo al principio de reciprocidad internacional.

Son electores y electoras de la Cámara de Comercio de Castellón todas las personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan las actividades comerciales, industriales, de servicios y navieras en la provincia de Castellón y cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias en esta circunscripción.

A la hora de realizar la votación habrá que tener en cuenta:

  • Las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades correspondientes a varios grupos del censo, tienen derecho a sufragio activo en cada uno de los mismos.
  • En aquellos grupos que estén divididos en distintos subgrupos, el elector podrá emitir tantos votos como subgrupos tenga el grupo.
  • Cuando una empresa esté incluida en el grupo 10 «Exportación», deberá elegir entre votar en este grupo o en el resto grupos que corresponda, ya que resultan incompatibles por duplicidades de IAEs.
  • Cuando el número de candidatos o candidatas proclamados por un grupo o subgrupo resulte igual al de miembros a elegir, su proclamación equivaldrá a la elección y ésta no se efectuará.

El derecho de voto se podrá ejercer de dos formas:

  • VOTO PRESENCIAL: En la sede de la Cámara de Comercio de Castellón.
  • VOTO ELECTRÓNICO: La votación por medios electrónicos será previa a la presencial.

La persona electora que haya ejercido el voto electrónico no podrá votar posteriormente de forma presencial.

La Conselleria competente, en la convocatoria, determina que el voto presencial se celebra el 2 de junio de 2026 en horario ininterrumpido de 9:00 a 19:00 horas, en la sede de la Cámara de Comercio de Castellón.

El plazo para ejercitar el voto por medios electrónicos comienza el 18 de mayo de 2026, a las 8:00 horas y finaliza el día 29 de mayo de 2026 a las 23:59 horas.

1. Normativa

Consulta la normativa legal que rige el proceso electoral de las Cámaras.

2. Exposición del Censo

Consulta el censo electoral, presenta tus reclamaciones…

Apertura nuevo plazo de aportaciones voluntarias para cubrir las vocalías previstas en el artículo 20.1.c) del Reglamento 126/2017

Hasta el 15 de mayo 2026